jueves, 26 de febrero de 2015

La retroactividad de las sentencias contra las cláusulas suelo será limitada Sentencia aclaratoria del Tribunal Supremo.

El Tribunal Supremo da un paso más en la eliminación de las cláusulas suelo abusivas y poco transparentes. En una sentencia aclaratoria el Alto Tribunal afirma que las entidades financieras solo tendrán que devolver las cantidades cobradas de más por las cláusulas suelo declaradas abusivas a partir del 9 de mayo de 2013, fecha en la se publicó la primera sentencia.



Hasta ahora los distintos tribunales que se han hecho cargo de las constantes denuncias contra estas cláusulas en los contratos hipotecarios han mostrado criterios dispares a la hora de determinar si los bancos debían devolverles las cuantías que pagaron por esas cláusulas declaradas nulas. El Supremo ya confirmó que basta con que no cumplan alguno de los requisitos de transparencia exigidos en su sentencia para considerarlas nulas.

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