miércoles, 26 de junio de 2013

5 preguntas frecuentes sobre reformas en la vivienda

El verano es la mejor época del año para acometer reformas en las viviendas y en las comunidades de propietarios pues las condiciones del clima favorecen este tipo de intervenciones, sobre todo en el exterior del edificio (instalación de aire acondicionado, limpieza de fachada…). Además, cuando se trata de servicios o instalaciones centralizadas (cambio de calderas, sustitución de radiadores, etc.), durante los meses estivales residen menos personas en el inmueble, con lo que se evitan perjuicios y molestias a los vecinos derivadas de los ruidos, escombros, etc.


Con el fin de informar sobre las exigencias normativas, el Colegio Profesional de Administradores de Fincas de Madrid ha elaborado una pequeña guía que a modo de pregunta-respuesta soluciona las principales dudas de los propietarios.

1)    ¿Qué permisos y licencias debe solicitar el propietario para realizar una obra en su vivienda?

La ordenanza municipal de tramitación de licencias de cada localidad establece aquellas actuaciones o intervenciones en el edificio que están sujetas a licencia.

Por ejemplo, la autorización por parte del Ayuntamiento de Madrid es más o menos rigurosa dependiendo del tipo de obra y nivel de protección del edificio.

2)    ¿Es necesario comunicar a la comunidad de propietarios el inicio de las obras?

La Ley de Propiedad Horizontal dice que es obligación del propietario informar al presidente de la comunidad de la ejecución de una obra en el interior de su vivienda. De esta manera, la comunidad se asegura de que no se van a alterar elementos comunes (por ejemplo, tirar un muro de carga o una viga). Ahora bien, las obras que no alteren la seguridad, estructura o configuración exterior del edificio no requieren autorización de la comunidad, solo su puesta en conocimiento.

3)    Si la reforma de la vivienda ha afectado a elementos comunes (fachada, muro de carga...), ¿cuál es el plazo de reclamación por parte de la comunidad?

La comunidad de propietarios tiene un plazo de reclamación de 15 años desde que fueron conocidas por parte de la comunidad las obras no consentidas, margen de tiempo en el que los comuneros pueden adoptar un acuerdo por mayoría simple de inicio de acciones judiciales exigiendo al propietario infractor la reposición de los elementos comunes en las mismas condiciones que existían o reclamación de indemnización por daños y perjuicios.

4)    ¿Existe un horario específico para acometer una reforma?

Los niveles de ruido permitidos están regulados en las ordenanzas de protección del medio ambiente urbano del municipio donde radique la finca. En la ciudad de Madrid rige la Ordenanza de Protección de la Atmósfera contra la Contaminación por Formas de Energía, que prohíbe las obras en el interior de las viviendas desde las 21 horas hasta las 8 horas, en días laborables, y desde las 21 horas hasta las 9,30 horas los sábados, domingos y festivos.

También la comunidad de propietarios puede aprobar por un acuerdo mayoritario una norma de régimen interno que regule los periodos y horas en que los propietarios pueden ejecutar determinadas obras (por ejemplo renovación o instalación de calefacción). Ahora bien, esta reglamentación no puede introducir criterios arbitrarios, es decir, tiene que estar motivada o justificada y suponer mejoras con respecto a las horas marcadas en la normativa municipal. En este caso prevalecerían las normas de régimen interno.

5)    ¿Se puede utilizar el ascensor para el transporte de materiales y escombros?

El ascensor no es un sistema que se encuentre previsto para subir y bajar escombros, sino personas y enseres, aunque no existe una restricción legal que impida la utilización del mismo en estos casos.

Si finalmente se utiliza el ascensor, es recomendable recubrirlo para evitar desperfectos, puesto que será responsabilidad del propietario los daños ocasionados en el mismo. También correrá por su cuenta la limpieza y dejar el inmueble en el mismo estado  en que se lo encontró con anterioridad a la reforma. Y esto se hace extensible a los pasillos y escaleras comunes.

martes, 25 de junio de 2013

MAGNIFICO CHALET EN SANTA POLA DEL ESTE Ref: SX

300 m. de superficie, 490 m. superficie parcela, 100 m. de la playa, 4 habitaciones dobles, 3 baños, un aseo, propiedad en buen estado, orientación sur, suelo de gres, carpintería exterior de madera.
Extras de la vivienda: agua, aire acondicionado , calefacción central (por radiadores), chimenea, cocina indep., garaje doble, jardín , línea telefónica, luminoso, luz, muebles, piscina propia (autolimpiable), sótano , t.v., terraza, todo exterior


http://www.maresinmobiliaria.es/fichapiso.php?idio=1&datoofe=405838&numagencia=947

lunes, 24 de junio de 2013

Cómo salir de una lista de morosos

Parece lógico que, para que el nombre de una persona desaparezca de un listado de morosos, el método más eficaz sea realizar el pago de la deuda. Sin embargo, la realidad no siempre coincide con esta afirmación, y muchas veces el proceso de baja se convierte en una ardua tarea en la que hay que dar determinados pasos.


Cuando se produce un impago comienzan una serie de actos que pueden acabar con el nombre de la persona deudora incluido en un fichero de aquellos que, presuntamente, no tienen sus pagos en orden. Los más frecuentes a los que recurren los bancos son el Registro de Aceptaciones Impagadas o RAI, el ASNEF-EQUIFAX o el EXPERIAN, aunque hay otros en los que se puede estar por motivo de tener una deuda vencida o que no se ha pagado.



En ocasiones, en estos listados se figura de manera errónea o por desconocimiento del afectado. Esto suele ser debido a que el proceso de baja de algún producto o servicio no fue realizado correctamente, como puede ser el caso de recibos (luz, agua, teléfono) o algún producto financiero, como recibos de seguros, descubiertos de cuentas corrientes o cuotas de créditos. También se puede dar la situación de un robo de tarjeta en el que hayan conseguido operar con ella sin el evidente consentimiento del titular.

El importe de la deuda puede ser muy pequeño, pero ya es motivo suficiente para, por ejemplo, la denegación de un crédito o la emisión de una tarjeta. Por eso es fundamental solventar el error y reparar la situación lo antes posible.

Hay tres formas de salir de la lista:

1.    Saldar la deuda.
2.    Demostrar que esta deuda no existe.
3.    Esperar a que pase el plazo legal máximo de permanencia, estipulado en 6 años.

Sin embargo, uno de los problemas más frecuentes surge porque el acreedor es el que está obligado a comunicar en el plazo de una semana que la deuda fue vencida, y no siempre cumple con este requerimiento.

¿Qué pasos se deben seguir?

Para salir de un fichero de estas características hay que realizar una serie de procedimientos:

1.    Acudir a la entidad que gestiona el registro para solicitar que retiren los datos y que ello sea comunicado al demandante.
2.    Enviar una copia del DNI y algún documento que justifique que la deuda está cancelada, a ser posible por burofax.
3.    Instar a la supresión de los datos personales en el caso de que no hubiese comunicación previa.

Si no se recibe contestación en el plazo de 10 días, o esta no es satisfactoria, se puede recurrir a la Agencia Española de Protección de Datos con los documentos que acrediten la solicitud de la cancelación.

viernes, 21 de junio de 2013

MAGNÍFICO APARTAMENTO CON ESPECTACULARES VISTAS AL MAR Ref: S82

Apartamento en Santa Pola zona Santiago bernabeu, 70 m. de superficie, 6 m2 de terraza, 150 m. de la playa, 2 habitaciones dobles, un baño, propiedad reformada, orientacion suroeste, suelo de gres, carpinteria exterior de aluminio.

Extras de la vivienda: arma. empotrados, ascensor, electrodomésticos, luminoso, muebles, parking (superficie cubierto, con puerta comunitaria automática), patio, piscina comunitaria, terraza ( 6 m2), arboles, autobuses, centros comerciales, colegios, costa, montaña, urbanización, vallado, vistas al mar.


http://www.maresinmobiliaria.es/fichapiso.php?idio=1&datoofe=471238&numagencia=947

jueves, 20 de junio de 2013

S&P augura que el precio de la vivienda caerá otro 20% y el paro llegará al 26,8%

La agencia de calificación Standard & Poors pronostica que el precio de la vivienda caerá otro 20% en los próximos cuatro años. Según recoge en un informe sobre la morosidad de los RMBS españoles (valores respaldados por hipotecas), la agencia espera que España continúe en recesión durante 2013 y que el paro siga creciendo.



"Los indicadores económicos de España siguen siendo sombríos. Una esperada mayor debilidad de la demanda doméstica sugiere que la economía española permanecerá en recesión a lo largo de 2013", afirma S&P, cuyas últimas previsiones publicadas en marzo prevén una caída del PIB del 1,5% para este año y un incremento del 0,6% para 2014.

En referencia al desempleo, la agencia de calificación prevé los parados de larga duración sigan aumentando en España y que la tasa de paro llegue en 2013 al 26,8% y se mantenga en esos valores durante 2014. "Como ya indicamos en previos informes, creemos que el desempleo es un factor clave de la morosidad", explica.

miércoles, 19 de junio de 2013

MAGNÍFICO TRIPLEX A MUY POCOS METROS DE LA PLAYA Ref: 55

Triplex en Santa Pola zona Tamarit, 110 m. de superficie, 15 m2 de terraza (más 2 terrazas, una por planta, de 5 m2 y 8 m2, aproximadamente), 51 m. de la playa, 2 habitaciones dobles y 3 habitaciones sencillas, un baño, un aseo, propiedad en buen estado, orientación este, suelo de gres, carpintería exterior de madera.
Extras de la vivienda: arma. empotrados, chimenea, electrodomésticos, exclusivas , galería, luminoso, mirador, muebles, parking (comunitario, en superficie, una plaza por vivienda, en calle privada), solárium, terraza (más 2 terrazas, una por planta, de 5 m2 y 8 m2, aproximadamente), arboles, autobuses, costa, urbanización, vallado, vistas al mar, zonas infantiles



http://www.maresinmobiliaria.es/fichapiso.php?idio=1&datoofe=477110&numagencia=947

lunes, 17 de junio de 2013

MAGNÍFICO APARTAMENTO CON ESPECTACULARES VISTAS AL MAR Ref: 51

Santa Pola zona Santiago Bernabeu, 120 m. de superficie, 30 m2 de terraza (exterior y otra interior acristalada de 7 m2., 300 m. de la playa, 2 habitaciones dobles, un baño, propiedad reformada, orientación sureste, suelo de gres, carpintería exterior de aluminio.
Extras de la vivienda: agua, armarios. empotrados (dos, uno en cada habitación), ascensor, calefacción (fijada en pared, de aceite), electrodomésticos, galería, línea telefónica, luminoso, luz, mirador, muebles, parking (techado en superficie, con puerta automática), piscina comunitaria, terraza (30 m2., terraza acristalada (7 m2), arboles, autobuses, centros comerciales, colegios, costa, montaña, urbanización, vallado, vistas al mar



http://www.maresinmobiliaria.es/fichapiso.php?idio=1&datoofe=457360&numagencia=947

viernes, 14 de junio de 2013

Los hipotecados con cláusula suelo se ahorrarán unos 86 euros al mes tras su eliminación

Unos 86 euros al mes, alrededor de 1.032 euros al año de media. Es lo que se ahorrarán en las cuotas los clientes del BBVA con hipotecas que tengan cláusula de suelo, que establece un mínimo interés a pagar aunque la suma del Euribor y el diferencial esté por debajo. 





Acatando una sentencia del Tribunal Supremo, que declaró nulas este tipo de disposiciones al considerar que no se había informado de sus consecuencias con suficiente claridad, la entidad ha anunciado que la eliminará en los 425.000 contratos en las que la había aplicado. En total, el BBVA tiene suscritas alrededor de 800.000 hipotecas.

Así, tomando como base una hipoteca de 150.000 euros a amortizar en 30 años y aplicándole el Euribor de mayo de 2013 (cerró al mínimo histórico de 0,484%) y un diferencial del 1%, los pagos mensuales resultantes son de 517 euros, según cálculos del simulador de hipotecas de Bankimia.

En cambio, si este mismo préstamo incluyera una cláusula de suelo, cuyo tipo medio en el BBVA era del 2,63%, la cuota ascendería a 603 euros. Las diferencias se pueden ver en esta tabla:
 HIPOTECA CON SUELOHIPOTECA SIN SUELODIFERENCIA
CUOTA MENSUAL603 euros517 euros86 euros
CUOTA ANUAL7.236 euros6.204 euros1.032 euros


Según estimaciones del Banco de España, entre el 30% y el 40% de las hipotecas firmadas en nuestro país contienen una cláusula de suelo. Estos contratos no se han podido beneficiar de las últimas bajadas del Euribor, tipo de referencia que se aplica en más del 90% de las hipotecas firmadas en España y que en los últimos meses ha marcado mínimos históricos.

BBVA no es el único banco que, hasta el momento, ha eliminado la cláusula de suelo. También lo ha hecho Cajamar y Novagalicia, otra de las entidades citadas en la sentencia del Tribunal Supremo, está estudiando cómo llevarlo a cabo.

Por su parte, otros dos bancos, Popular, cuya cláusula suelo media está al 2,78%, y Sabadell, que la tiene al 3,20%, no se han mostrado dispuestas, por el momento, a eliminarlas de los contratos. Alegan que si lo hicieran entrarían en pérdidas. En este sentido, BBVA estima que al suprimir la cláusula, sólo en junio de este año, dejará de ingresar  35 millones netos de euros.

jueves, 13 de junio de 2013

VIVIENDA ZONA PUERTO Ref: S35

Piso en Santa Pola zona Puerto deportivo, 90 m. de superficie, 12 m2 de cocina, 9 m2 de comedor, 400 m. de la playa, 2 habitaciones dobles y una habitacion sencilla, 2 baños, propiedad para Entrar a vivir, orientacion Sureste, suelo de PARQUET, carpinteria exterior de PVC.
Extras de la vivienda: Agua, Arma. Empotrados, Ascensor, Electrodomésticos, Esquina, Línea Telefónica, Luminoso, Luz, Mirador, Para Extranjeros, T.V., Todo Exterior, autobuses, centros comerciales, Colegios, Costa, Zonas Infantiles



http://www.maresinmobiliaria.es/fichapiso.php?idio=1&datoofe=282651&numagencia=947

miércoles, 12 de junio de 2013

La Eurocámara apoya la dación en pago

El Parlamento Europeo ha aprobado el informe sobre vivienda y ha sacado adelante su párrafo más polémico, el referente a la dación en pago que precisamente por su alta discrepancia política se votó por separado a petición del PP. Este punto reclama para las familias en quiebra la posibilidad de renegociar la deuda o de acogerse a la dación en pago (es decir, la posibilidad de entregar el bien hipotecado para saldar la deuda).



La oposición prácticamente unánime del grupo popular europeo no ha evitado que salga adelante con el apoyo de 318 parlamentarios. 269 han votado en contra, y 52 se han abstenido. Pese a tratarse de un informe sin consecuencias legales, supone un golpe político para el Gobierno de Mariano Rajoy, que se niega en redondo a regular la dación en pago con efectos retroactivos.

martes, 11 de junio de 2013

VIVIENDA EN ZONA NORTE COLEGIOS Ref: S59

VIVIENDA EN ZONA COLEGIOS DE 3 DORMITORIOS, 2 BAÑOS COMPLETOS, COCINA INDEPENDIENTE CON GALERIA, SALON COMEDOR Y PEQUEÑA TERRAZA, GAS NATURAL, 2 SPLITS EN PASILLO Y SALON, ARMARIOS EMPOTRADOS EN DORMITORIOS PRINCIPAL Y SEGUNDO DORMITORIO.
LA VIVIENDA ESTA EN PERFECTO ESTADO, ESQUINA, TERCERA PLANTA CON ASCENSOR.
PROXIMA A COMERCIOS, COLEGIOS, CENTRO DE SALUD, AUTOBUSES, ETC...
OCASION !!!!




http://www.maresinmobiliaria.es/fichapiso.php?idio=1&datoofe=278754&numagencia=947

lunes, 10 de junio de 2013

El Parlamento Europeo pide la dación en pago a los Estados miembros

Según un informe sobre vivienda social que el pleno de la Cámara tiene previsto aprobar mañana, y que ya obtuvo el sí de la Comisión de Empleo y Asuntos Sociales de la Eurocámara en abril, se recomienda a los países miembros la dación en pago para impedir que los desahuciados tengan que devolver la deuda. Así, el texto incluye una serie de recomendaciones, entre las que se incluye la petición de que la normativa europea “incluya procesos de renegociación de la deuda o la dación en pago para los deudores o familias en situación de quiebra”.



Este documento no tiene implicaciones legales, pero sí una fuerte carga política. El pleno de la Eurocámara votará mañana el documento que también pide a la Comisión Europea y a los Estados miembros que “aborden la solución del drama social que plantea la pérdida de la vivienda para los más afectados por la crisis y el desempleo”. El texto recuerda también que los desahucios “se producen en un contexto de grandes ayudas públicas destinadas al saneamiento del sistema financiero europeo”.

Este informe llega unos días después de que la Eurocámara premiara a la Plataforma de Afectados por la Hipoteca (PAH) con el premio Ciudadano Europeo 2013.

viernes, 7 de junio de 2013

APARTAMENTO CON EXCELENTES VISTAS AL MAR EN SANTIAGO BERNABEU Ref: S41

APARTAMENTO DE 3 DORMITORIOS A ESCASOS 100 METROS DEL PASEO MARITIMO DE LAS CALAS DE SANTIAGO BERNABEU. SE ENCUENTRA EN URBANIZACIÓN PRIVADA CON PARKING Y TRASTERO PRIVADO.
EXCELENTES VISTAS AL MAR DESDE TODOS LOS PUNTOS DE LA CASA, TODA EXTERIOR, GRAN TERRAZA.
VIVIENDA ÚNICA. 



http://www.maresinmobiliaria.es/fichapiso.php?idio=1&datoofe=278455&numagencia=947

jueves, 6 de junio de 2013

Entra en vigor la nueva Ley del Alquiler

El Boletín Oficial del Estado (BOE) publicó el miércoles 5 de junio la Ley de Medidas de Flexibilización y Fomento del Mercado del Alquiler de viviendas que entra en vigor el jueves 6 de junio. Con esta nueva normativa el Gobierno busca dinamizar y liberalizar el arrendamiento en España. 



A partir del 6 de junio todos los contratos de alquiler que se firmen se regirán por la nueva normativa. Todos aquellos contratos firmados antes de esta fecha seguirán ligados a la legislación que había vigente en ese momento.

¿Cómo es la nueva Ley del Alquiler?



Una de las principales modificaciones de la legislación que entra en vigor es la libertad que tiene tanto el propietario como el inquilino para el desistimiento del contrato. Al margen del tiempo que se estipule, tanto el arrendatario como el arrendador podrán cesar el contrato por diversas circunstancias. Así, el inquilino tendrá derecho a rescindir el contrato a partir del sexto mes de su firma avisando con 30 días de antelación.

El propietario, por su parte, también tendrá derecho a recuperar su vivienda antes del plazo estipulado. Eso sí, sólo podrá recuperarla pasado el primer año de contrato y avisando al inquilino con dos meses de antelación.

Además, a partir de ahora los contratos de alquiler tendrán una duración mínima de tres años, con una prórroga tácita de un año más si el inquilino lo solicita y el propietario está de acuerdo. De esta forma se reduce el periodo de los contratos de cinco a tres años.