jueves, 7 de agosto de 2014

Efectos de la reforma fiscal en la compra o alquiler de vivienda

La reforma fiscal supone un cambio en la tributación de las ganancias patrimoniales en el caso de venta y la eliminación de las deducciones por alquiler de vivienda habitual.



Con efecto a partir del 1 de enero de 2015, se aplican estas modificaciones:

- Eliminación de los coeficientes de abatimiento y la corrección monetaria, que en caso de venta de vivienda, permiten rebajar notablemente la plusvalía a efectos fiscales. El plazo recomendado para quienes quieran vender una vivienda antigua es claro, antes del 31 de diciembre de 2014.

Se mantiene la exención para las plusvalías derivadas de la venta de la vivienda habitual en el caso de contribuyentes mayores de 65 años.

- En 2015, los primeros 6.000 euros tributarán al 20%, entre 6.000 y 50.000 euros aplicarán un 22% y por encima de ese umbral pagarán un 24%. Actualmente los porcentajes son del 21% para los primeros 6.000 euros de beneficio. Entre 6.000 y 24.000 euros pagan el 25% y a partir de ese nivel se aplica un 27%.

- La dación en pago se declara exenta de declararse en el IPRF como ganancia patrimonial, es decir, no tributará como plusvalía.

- La donación de una vivienda tributa como una compraventa, tomándose el precio de mercado vigente en el momento de la donación, para comprarlo con el precio de compra.

- Eliminación de las deducciones por alquiler de vivienda habitual. y las rentas exentas para los arrendadores se reducirán del 60% al 50% también a partir del 1 de enero. Se elimina además la exención del 100% en caso de tener inquilinos menores de 30 años.

- Quedan pendientes de definir cuestiones como el tipo impositivo de IVA para la vivienda nueva, la actualziación de los valores caatastrales y la puesta en vigor de la desgravación por compra de vivienda.

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